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En la actualidad, es común que los trabajadores cambien de empleador. En algunas ocasiones, será decisión del empleado dejar la empresa y otras veces no. A continuación, les hablaremos de los tipos de despidos que existen y qué podemos hacer en cada caso.
Antes de empezar, es necesario acordar que un despido es la anulación de un contrato laboral por decisión del empleador.
En España se han establecido tres tipos de despidos según el motivo que lo inspira. Así tenemos: despidos disciplinarios, objetivos o colectivos. Después, si el trabajador está de acuerdo o no, el despido puede ser procedente, improcedente o nulo.
Este es el tipo de despido más común ya que la empresa no está obligada a pagar ninguna indemnización al trabajador. Según la ley Española, hay siete casos en los que procede este tipo de despido:
En un tipo de despido disciplinario la empresa no debe avisar con anticipación al contratado ni pagar indemnización. La ley exige, únicamente, que en una carta de despido se expliquen los motivos exactos que lo motivaron. El despido disciplinario puede anularse dentro de un plazo de veinte días. Es importante que no firmes la carta de despido.
En este caso, el trabajador no es responsable del despido. Para este tipo de despido el empleador debe alegar algunas de las causas estipuladas en la ley:
Como su nombre nos dice, este tipo de despido afecta a una cantidad grande de trabajadores dentro de una empresa. Un despido es considerado colectivo cuando el número de trabajadores afectados supera al del despido objetivo o cuando:
Debes tener presente que existen diferentes despidos según su calificación legal. Por lo tanto, si no estás de acuerdo con tu despido, tienes opciones. Primero que nada, reclama e intenta una mediación con tu empleador. Si esto no funciona, puedes recurrir a la justicia.
Un juez se encargará de dictaminar si se trata de un despido nulo, procedente o improcedente. Pero recuerda, solo tienes 20 días hábiles desde que te presentan el despido para impugnar legalmente esa decisión. Veamos…
En el despido procedente las justificaciones que dieron pie al despido son válidas. El juez apoya al empleador y estipula que todo procede y está ajustado a la legalidad. En este caso la indemnización será la que imponga la ley según la causa de despido.
En este caso, un juez determina que las causas para el despido no son válidas. En estos casos, la indemnización será mayor. Como el despido no es procedente, el empleador deberá decidir si emplea de nuevo al trabajador o si aumenta la indemnización.
Estos son los tipos de despidos que no debieron suceder. Son los que vulneran los derechos básicos del trabajador y rompen la ley.
Si un juez estipula un despido nulo, la empresa debe recontratar al trabajador y pagarle una indemnización. Además, deberá pagar el salario correspondiente al tiempo que no ha estado trabajando.
Hay que tener muy claro que la indemnización y el finiquito son nociones diferentes. El finiquito es la suma de los salarios por cobrar, las vacaciones no disfrutadas y las comisiones pendientes por cobrar. Mientras que, la indemnización dependerá de la causa de despido y de su procedencia.
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