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¿Qué responsabilidad tienen los administradores de fincas?

Aprehéndete Actualizado: 3 de febrero de 2022 Publicado: 29 de octubre de 2021

Si eres un administrador de fincas en cualquier parte del territorio español, debes tener en cuenta que, a todo profesional y empresario, se le exige el cumplimiento de los servicios contratados con la debida diligencia. 

En este post, conocerás los detalles más importantes respecto al administrador de fincas, en cuanto a sus funciones, obligaciones y responsabilidades.

La figura del administrador de fincas

El administrador de fincas es el que se encarga, a nivel de las comunidades, de la gestión técnica dentro de la misma. El nombramiento de esta figura, lo realiza la Junta de propietarios.

La colegiación de este administrador es de carácter obligatorio. Esto se encuentra expresado en el Real Decreto 693/1968, de 1 de abril. El mismo representa la garantía de la calidad que debe tener sobre el control y formación en este área. 

En ese sentido, el administrador de fincas se encuentra sujeto a un código deontológico que, de incumplirlo, podrá ser sancionado por el colegio relacionado a este gremio.

Por tal razón, la sala tercera del Tribunal Supremo se encargó de dictar una sentencia el 8 de noviembre de 2016, donde el nombre de administrador de fincas no podrá ser empleado por personas o asociaciones que no estén colegiadas. 

Las obligaciones del administrador de fincas 

El administrador de fincas debe tener un título, el cual le permita desempeñar este cargo. Específicamente, debe estar graduado en las ciencias del Derecho.

Entre las obligaciones del administrador de fincas, se encuentran las siguientes:

  • La debida conservación de los bienes encomendados por la Junta de propietarios y el cumplimiento de las funciones de gobierno.
  • Debe tener un rendimiento adecuado.
  • Debe asesorar en materia relacionada con bienes inmuebles.
  • Debe estar inscrito en el Colegio de Administradores de Fincas, y además cuando así lo amerite, deberá responder por su responsabilidad en caso de omisión o negligencia profesional.
  • Las obligaciones del administrador de fincas se encuentran estipuladas en el artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal.

Principales funciones asignadas al Administrador de Fincas

Entre las funciones que cumple un administrador de fincas, se encuentran las siguientes:

  • Cumplir con los actos necesarios para mantener el buen funcionamiento de los servicios de la comunidad y los bienes inmuebles.
  • Deberá velar que los propietarios den fiel cumplimiento a las obligaciones de ley.
  • Elaborar un informe de las cuentas anuales y el presupuesto.
  • Llevar a cabo los acuerdos aprobados en la Junta de propietarios.
  • Efectuar los cobros y pagos correspondientes.
  • Tomar decisiones referentes a la ejecución de obras de reparación y conservación. 
  • Ejecutar pagos urgentes con el fondo de reserva, todo ello con la debida autorización de la Presidencia y la Junta de propietarios.

Diligencia debida en el cumplimiento del cargo

Si el servicio ofrecido por el administrador de fincas ha creado daños y perjuicios a la comunidad de propietarios, estos podrán pedir a este profesional la indemnización por los daños causados.

Responsabilidad por la negligencia del servicio

El administrador de fincas tiene una relación jurídica por mandato de la comunidad de propietarios. En ese sentido, tendrá que cumplir con el deber de llevar a cabo la gestión que se le ha encomendado. Por tal razón, será causa de responsabilidad:

  • El incumplimiento de los deberes en cuanto a la gestión.
  • La ejecución de actos de forma diferente, a la que le fue encomendada.

Este ejercicio de acción de responsabilidad civil en contra del administrador de fincas, prescribirá en un plazo de 15 años.

Las responsabilidades atribuibles al Administrador de Fincas

Entre las responsabilidades que podrán atribuírsele a un administrador de fincas, se encuentran las siguientes:

  • Administración desleal: es cuando el administrador de fincas se adueña de los fondos de la cuenta bancaria de la comunidad. Es decir, cuando este perjudica el patrimonio de la Junta de propietarios, disponiendo de un dinero que no le pertenece.
  • Responsabilidad civil subsidiaria: aquí el delito lo ejerce una determinada sociedad administradora de fincas.
  • Delito por intrusismo.
  • Imprudencia profesional.

Responsabilidad penal del administrador de fincas

  • Cuando emplea de forma indebida los fondos.
  • Cuando no cumple los requerimientos de conservación y mantenimiento, ocasionando daños a la comunidad.

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