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El Derecho de Familia es una especialidad del derecho que está formada por normas jurídicas que regulan los asuntos que afectan a los miembros de una familia, la cual se considera una institución natural y social.
Esta rama del derecho se encuentra dentro del ámbito del Derecho Civil, que regula los aspectos de la misma. Además, incluye varias leyes que se han ido adaptando conforme la realidad social y la institución de la familia han ido cambiando.
El Derecho de Familia es muy amplio, y es por eso que, a continuación, te contamos dónde y qué regula exactamente esta especialidad.
La norma fundamental en la que se basa esta especialidad es en el Código Civil. Entró en vigor en 1889 y, para adaptarla a los cambios sociales de España, se ha ido modificando. Estos cambios tuvieron lugar entre 1970 y 1980, con leyes de especial relevancia.
Un ejemplo de los cambios, es la norma que suprimió la licencia marital (la autorización que requerían las mujeres casadas, de sus maridos, para actos jurídicos o patrimoniales).
Además, en 1978, gracias a la entrada en vigor de la Constitución Española, se estableció la igualdad ante la ley, independientemente del sexo o filiación.
Es posteriormente, en 1980, cuando aparecen las primeras leyes que hacían referencia a la normativa de adopción, así como a situaciones de crisis en el matrimonio. La más importante fue el divorcio, algo que hasta 1981 no era viable. También fue relevante la ley que permitía el matrimonio entre personas del mismo sexo, en 2005.
Como vemos, el Código Civil se ha ido adaptando a la realidad social y, por tanto, familiar del país.
Se establecen las formas válidas de celebración del matrimonio, así como los efectos personales y económicos que tiene esta unión. También recoge las situaciones de crisis que surgen tras su nulidad, por la separación de pareja o por la disolución del vínculo. O en el divorcio.
Estas pueden ser las parejas de hecho o uniones que, aunque no están reguladas legalmente, tienen derechos y obligaciones.
En esta unión encontramos miembros de distintas nacionalidades y culturas, por lo que tienen una normativa específica dentro del Derecho de Familia. Se trata de un aspecto cada vez más tocado por la exponente migración.
Aquí se recoge aquello que tiene que ver con padres e hijos. Estos pueden ser matrimoniales, extramatrimoniales o adoptivos. Además, abarca la patria potestad, es decir, la relación con los hijos que no se han emancipado.
En la tutela encontramos todas las normas que hacen referencia a la guarda y protección de los menores o de las personas incapacitadas que no están sujetas a la patria potestad.
Este está formado por un conjunto de bienes, derechos y obligaciones que hay que gestionar, liquidar y adjudicar, en caso de muerte o disolución del vínculo matrimonial o separación de la pareja de hecho.
Estas se pueden dar en el ámbito familiar o en las empresas familiares.
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