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¿Puedo ser presidente de la comunidad de vecinos?

En este artículo, te contamos quién puede ser presidente de la comunidad de vecinos y quién no, además de las funciones del cargo.

AGEFI Publicado: 29 de marzo de 2022

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) es el conjunto de normas que regula todos los aspectos que tienen que ver con las comunidades de propietarios. Recoge las obligaciones de los propietarios, como respetar las instalaciones y no alterar los elementos arquitectónicos, o permitir las reparaciones necesarias. 

Dentro de la Ley de Propiedad Horizontal también se establece todo lo relacionado con la presidencia de la comunidad de vecinos. Si quieres descubrir si tú podrías ser presidente de la comunidad de vecinos, ¡sigue leyendo para no perdértelo! A continuación, te lo contamos. 

¿Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal sobre el presidente de la comunidad de vecinos?

La Ley de Propiedad Horizontal dice que cualquier propietario que tenga una vivienda puede ser elegido como presidente de la comunidad. Por lo general, el cargo tiene una duración de un año, y solo con causas justificadas se puede renunciar al mismo. 

Ser presidente de la comunidad de vecinos resulta tedioso para algunos propietarios, ya que implica tener una serie de obligaciones y responsabilidades. Eso sí, hay quien lo ve como una oportunidad para aprender a gestionar y mejorar el estado del edificio. 

Pero, ¿cómo se elige quién será presidente de la comunidad de vecinos? La LPH dice que el presidente es elegido mediante elección, por sorteo o por turno rotatorio, entre los propietarios. Y el presidente será el representante legal de la comunidad, en todos los asuntos que le afecten.

Eso sí, el presidente de la comunidad de vecinos no puede actuar por su cuenta, ni tomar decisiones sin consultar al resto de propietarios. Y es que, como hemos dicho, el presidente es un representante legal de la comunidad. 

Entre sus funciones, encontramos las siguientes:

  • Convocar las juntas de propietarios
  • Solicitar el cese de actividades molestas
  • Contratar obras y servicios
  • Representar legalmente a la comunidad en toda acción judicial
  • Exigir el pago de los gastos de la comunidad

¿Te puedes negar a ser presidente de la comunidad de vecinos?

Ya adelantamos que cualquier propietario puede ser elegido presidente de la comunidad, pero que hay excepciones. ¿Cuáles son? Para empezar, quedan descartados quienes viven de alquiler, ya que no son propietarios del inmueble. 

Pero hay otras razones por las que quedarían exentos de eludir la presidencia de la comunidad de vecinos, como son:

  • Razones laborales, ya que el trabajo puede ser incompatible con el cargo de presidente, haciendo así que le sea imposible cumplir con sus obligaciones y responsabilidades
  • Por enfermedad o incapacidad, pero siempre debe estar justificado por un médico
  • Por edad avanzada, aunque no hay una edad concreta, simplemente hay que asegurarse de que el futuro presidente de la comunidad de vecinos está en plenas facultades como para ejercer el cargo
  • Por residir en un lugar distinto a la comunidad, ya que no estaría al tanto de las necesidades de los vecinos

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