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Omisión del deber de socorro: consecuencias legales

Guallar Advocats Actualizado: 3 de febrero de 2022 Publicado: 17 de septiembre de 2021

La omisión del deber de socorro constituye un delito que se encuentra contemplado en el artículo 195 del Código Penal español, el cual consiste en sancionar a una persona que omite el socorro a un tercero que está en situación de grave peligro o se encuentra desamparado, teniendo la oportunidad de hacerlo sin correr ningún tipo de riesgo. 

Este tipo de delito se castiga a través de una pena que oscila entre 3 y 12 meses de prisión. Esta punibilidad también se establece para toda persona que carezca de la posibilidad de prestar ayuda y no lo solicite ante un tercero para que se produzca.

El bien jurídico tutelado 

El interés protegido en este tipo de delito es la solidaridad humana, es decir, el deber que tiene la persona de socorrer a otra que lo amerite. Esto consiste, de acuerdo con la ley, en una cooperación social que se exige, siempre tratando de preservar la integridad física de un individuo en situación de peligro

El tipo objetivo 

Según el tipo objetivo, los requisitos que determinan la violación de la norma son los siguientes: 

  • La acción desplegada por el autor en cuanto al deber de socorrer al desamparado o en peligro, no brindándole la necesaria protección, sin existir riesgo, lesión o perjuicio hacia su persona. 
  • Rechazo por parte de la sociedad ante la omisión de socorro. 
  • Asumir la culpabilidad ante la no actuación de socorro. 

Se entiende por situación de peligro cuando la persona que socorre, corre el riesgo de sufrir algún daño, de ser así, queda exento de cualquier responsabilidad. 

Asimismo, en el caso de que la persona esté en capacidad de salir por sus propios medios, el tercero no está obligado a ejercer la solidaridad humana. 

El tipo subjetivo 

Cuando se habla del elemento subjetivo, la omisión efectuada debe tener carácter doloso. Esto significa que la persona ha sido puesta en peligro por el sujeto activo, quien omite socorrerlo. 

En este supuesto, el dolo va dirigido al comportamiento pasivo y al desamparo de la víctima, quien se encuentra ante un peligro inminente, el cual determina un dolo directo por la certeza de una necesidad de ayuda, difiriendo del dolo eventual que solo representa el riesgo como probabilidad del hecho. 

El subtipo agravado 

La conducta del subtipo se consuma, al no prestar socorro o auxilio cuando el riesgo fue provocado por acción del omitente. El sujeto pasivo está representado en este caso por la víctima, quien se encuentra en situación de desamparo. 

Además, el factor riesgo se pudo haber generado por asumir un comportamiento imprudente o de manera fortuita, por lo cual no procede la comisión por omisión. 

Este tipo de delito puede ser castigado, según la ley, con una pena de 6 a 18 meses de prisión, y en el caso de que se haya producido por imprudencia, la pena establecida será de 6 meses a 4 años. 

Concursos y consumación 

La consumación del delito de omisión del deber de socorro, está tipificado como un delito de carácter formal y de peligro, esto significa que no requiere para su consumación la existencia de ningún resultado, ya que queda establecido desde el mismo momento en que se omite la prestación de auxilio. Este supuesto no admite delito imperfecto. 

Cuando se habla de concurso de infracciones de deber, la cual ocurre entre la omisión de socorro y las lesiones sufridas o la muerte, es necesario que ambas en sus casos respectivos, hayan sido producidas por el siniestro y no por omitir el auxilio.

En el caso de que el accidente ubique a la víctima en una situación de peligro inminente, sin ocasionarle ningún tipo de daño físico, el castigo solo se aplicará por la omisión del deber de socorro. Es diferente si el accidente provoca en la víctima un daño físico y, adicionalmente, se omite el auxilio. El castigo se aplicará por ambos hechos. 

Un evento de esta naturaleza duplicaría las penas, por tratarse de un concurso de delitos tipificados en el Código Penal español, donde se establecen los diferentes supuestos de hechos que constituyen este injusto culpable. 

La comisión de este delito puede contraer la inhabilitación para cargos a nivel público o empleos relacionados con el ejercicio de la profesión. 

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