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Cuando hay un proceso de separación entre una pareja es posible que surjan algunas dudas sobre cómo va a ser la organización a partir de ahora y sobre todo si se tienen hijos.
En estos casos, oímos hablar de pensiones como la pensión compensatoria, la de alimentos, etc.
Pueden surgir confusiones sobre los tipos de pensiones, quién debe pagarlas y cuánto es la cantidad de dinero que se debe pagar. Si tienes preguntas acerca de esto ¡Sigue leyendo! En este artículo te lo contamos.
Mucha gente confunde el término pensión alimenticia con pensión compensatoria. Sin embargo, son beneficios diferentes los que presta cada una y se consideran diferentes factores para determinarlos.
La pensión alimenticia es un beneficio que los padres deben pagar por manutención de los hijos, habitación, ropa, asistencia médica y capacitación durante una separación o divorcio.
Por su parte, una pensión compensatoria es una prestación económica a la que tiene derecho una de las dos partes cuya separación o divorcio haya producido un desequilibrio económico en base de las circunstancias económicas del matrimonio.
El primer supuesto que se debe cumplir para recibir una pensión compensatoria es que el desequilibrio económico de uno de los cónyuges está directamente relacionado con el estado del otro, y se supone que su estado civil anterior se ha deteriorado.
Para recibir una pensión compensatoria, el desequilibrio económico sólo le puede ocurrir a uno de los dos cónyuges. La parte de la ex pareja que crea que la separación o divorcio le causó la pérdida económica antes mencionada, deberá reclamar expresamente este beneficio. Ya que la pensión no puede ser determinada directamente por un juez de oficio ya que cada situación es diferente.
No tendrán derecho a pensiones compensatorias:
Las pensiones compensatorias pueden acabar si se dan los siguientes casos:
Las pensiones no desaparecen cuando muere la persona que está obligada a pagarlas.Sin embargo, si la herencia hereditaria no satisface la deuda o afecta sus derechos legales, los herederos de ésta pueden pedir al juez que reduzca o cancele la pensión.
Es difícil determinar la cantidad exacta que debe recibir un cónyuge con derecho a beneficios ya que nuestra legislación no especifica la cantidad adecuada de las pensiones compensatorias y cada situación económica es diferente para cada persona.
La cantidad de la pensión puede determinarse de común acuerdo entre los cónyuges (esto es lo más fácil), aunque existen situaciones en las que no se llega a un acuerdo y en estos casos, se determinará por decisión judicial.
De esta forma, la cantidad de la pensión puede consistir en una cantidad fija o en un porcentaje de los ingresos de la persona que está obligada a pagar.
La pensión compensatoria puede modificarse por acuerdo entre los cónyuges, siempre que así se determine voluntariamente en el acuerdo de supervisión.
Si la pensión compensatoria es fijada por una sentencia judicial, se deberá demostrar un cambio significativo en los activos de la parte que solicita dicho cambio.
Las pensiones compensatorias establecidas en sentencias judiciales sólo pueden ser modificadas si se produce un cambio significativo en el patrimonio del cónyuge del pensionista. Por lo tanto, si el cónyuge receptor tiene el mismo salario al momento de la determinación, no se puede aumentar su monto.
Sin embargo, si la determinación y cuantía de la pensión se determina voluntariamente por el marido y la mujer en un acuerdo de supervisión, también pueden aumentar su cuantía de común acuerdo, aunque el beneficiario perciba el mismo salario que percibió.
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