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“Los principios generales del derecho se aplicarán en defecto de ley o costumbre, sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico” (art. 1.4 del Código Civil).
Los principios generales del derecho se rigen por las ideas informadoras y fundamentales que dan sentido a las normas jurídicas legales que existen dentro de una comunidad.
Pero, ¿Básicamente de que tratan estos principios?
Se entiende por principios generales, aquellas ideas fundamentales e informadoras que conforman a una organización jurídica.
Se trata de las normas jurídicas legales que existen dentro de una comunidad o de los enunciados generales que se subordinan por medio de un conjunto de soluciones particulares.
Estos principios pueden referirse como un sistema del estado jurídico, también conocido como Teoría del Derecho Positivo o que puede conectarse por medio del derecho natural.
Los principios generales del derechos derivan del Derecho Natural. Tratan aquellos conceptos éticos que, de ser utilizados por la ciudadanía, no habría necesidad de tantas leyes que regulen el comportamiento.
De esta forma, surgen los principios, con el fin de ser unos derechos subsidiarios a los que recurrir cuando no exista ley que regule dicho precepto.
Los principios del art. 103.1 que la Constitución Española establece a los poderes públicos son los siguientes: servicio, objetividad, eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración, coordinación y sometimiento a la ley. El epígrafe 3º añade los de mérito y capacidad en relación al acceso al empleo público.
Los grandes principios de las doctrinas se inclinan hacia los principios generales del derecho natural, además de desprenderse de las normas positivas.
En una primera estancia, se admite que la corriente filosófica se mantiene como un dogma primordial e importante dentro de la existencia de un ordenamiento positivo el cual, transciende el orden normativo y formal que subordina el valor de las leyes y la justicia.
Estos ordenamientos sostienen a los principios generales que abarcan al derecho y los valores iusnaturalistas reivindicados como un remedio ante diversas situaciones, además de la arbitrariedad del que hace y lidera las leyes, falta de equidad y las propias normas en relación con un caso concreto.
En el sector de la doctrina se atienden fundamentalmente los caracteres del informador de un ordenamiento jurídico. Los principios generales del derecho están por encima de las demás fuentes y de su papel como ordenamiento especial e importante dentro de la sociedad.
Son igual de indispensable como lo es un integrador para un juez, pudiendo acudir a ellos cuando no existe ni ley o costumbre.
Los principios generales pueden entenderse de dos modos diferentes:
Dentro de los principios generales del derecho, la aplicación concreta de parte de los litigantes les ofrece su derecho a la demanda o contestación.
El Tribunal Supremo se ha dado la tarea de exigir a los principios del derecho que sean alegados y expresados según la necesidad del ordenamiento jurídico.
De igual manera, la doctrina de la Sala Primera del Tribunal Supremo cumple con los principios generales del derecho y pueden acceder a la casación que se requiera según la Ley de Sentencia.
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