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Divorcio exprés: todo lo que debes saber

Descubre lo que necesitas saber acerca del divorcio exprés.

OS Dental Actualizado: 20 de julio de 2022 Publicado: 11 de julio de 2022

El divorcio exprés se introdujo en España en 2005 y como su nombre lo indica, se trata de un procedimiento rápido y de bajo costo disponible para terminar un matrimonio.

Formalmente se le denomina divorcio por mutuo acuerdo y requiere que ambos cónyuges estén de acuerdo con el divorcio y, lo que es más importante, con todos los términos del divorcio.

Esto significa que debe haber acuerdo en materias tales como la custodia de los hijos y los derechos de visita, el uso y goce de la vivienda familiar y la distribución de los bienes matrimoniales.

El divorcio exprés es una opción que puede ser utilizada por cualquier persona incluso cuando el matrimonio se haya celebrado fuera de España.

Coste

La ruta de divorcio exprés es más económica ya que permite que ambos cónyuges utilicen el mismo abogado que redactará el acuerdo de divorcio en los términos acordados por los cónyuges, además de cotejar toda la información requerida y presentar la documentación pertinente al tribunal.

Se requiere legalmente que un ‘procurador’ esté presente en todos los casos de divorcio en España, lo que también afectará a la tarifa final.

Debe tenerse en cuenta que el costo puede aumentar debido a la complejidad adicional o cuando el abogado necesita trabajar con la pareja para garantizar que se llegue a un acuerdo sobre cualquier aspecto del divorcio.

Tiempo

Otro beneficio importante del proceso de divorcio exprés es que se puede finalizar rápidamente. En algunas ciudades donde los tribunales han establecido un sistema especial de derecho de familia acelerado, un divorcio exprés se puede completar en unas pocas semanas. Si no existe tal sistema judicial especial, el proceso puede demorar hasta dos o tres meses.

Requisitos para un Divorcio Exprés

Uno de los mayores cambios que trajo consigo la nueva legislación fue que se hizo innecesario alegar causales de divorcio.
Hasta entonces era normal y necesario que se alegara en los juzgados de divorcio de España alguna de las siguientes: alcoholismo, infidelidad, cese de la convivencia matrimonial y drogadicción.

Pero desde la entrada en vigor de la nueva legislación, no ha sido necesario alegar causales de divorcio; simplemente es necesario que hayan pasado tres meses desde que se celebró el matrimonio para que uno o ambos cónyuges soliciten el divorcio.

Por supuesto, una piedra angular del procedimiento de Divorcio Exprés es que existe un entendimiento mutuo entre los cónyuges tanto en cuanto a la voluntad de terminar el matrimonio como en los términos del divorcio. Esto toma la forma de un acuerdo escrito y firmado conocido en español como ‘Convenio’.

divorcio exprés

Pasos para un Divorcio Express

El primer paso es llegar a un acuerdo con su cónyuge para proceder con el divorcio.

Es necesario considerar el acuerdo matrimonial, es decir, qué hacer con el hogar conyugal y cualquier otro bien o mobiliario común, la custodia y los derechos de visita de los hijos, el pago de las facturas en curso, como una hipoteca y el mantenimiento de los hijos, el pago de la pensión alimenticia. de un cónyuge a otro, etc.

Una vez que se han acordado estos temas, es simplemente una cuestión de contratar a un abogado que redactará el acuerdo formalmente en forma de ‘Convenio’ y lo presentará ante el tribunal correspondiente con la documentación adicional necesaria requerida.

Documentos requeridos

Al solicitar un divorcio exprés en España, normalmente se le pedirá que presente los originales de los siguientes documentos:

  • Certificado de matrimonio (disponible en el Registro Civil),
  • Actas de nacimiento de los hijos del matrimonio (disponible en el Registro Civil),
  • Certificado de empadronamiento de uno de los cónyuges (disponible en el ayuntamiento)
  • Acuerdo de ‘Convenio’

El ‘Convenio’ en Divorcio Exprés

El artículo 90 del Código Civil español establece los requisitos mínimos de un acuerdo de Convenio entre los cónyuges. Debería:

  • Establecer el cuidado de los hijos del matrimonio, la persona que ejercerá la autoridad legal sobre los hijos y la forma y duración de los derechos de visita del padre sin custodia.
  • Si se considera necesario, deberán determinarse los derechos de visita que tendrán los abuelos con sus nietos.
  • Cesión de la vivienda familiar y menaje del hogar.
  • Qué contribuciones se deben hacer para los costes de vida y cuidado de los niños, así como también cómo se calcularán en el futuro.
  • La división de los bienes matrimoniales.
  • Cualquier pago de pensión alimenticia que deba pagar uno de los cónyuges en beneficio del otro.

Es casi seguro que el juez aprobará el Convenio a menos que sea perjudicial para los hijos o gravemente perjudicial para uno de los cónyuges. Si el juez decide que el acuerdo no es aceptable, entonces los cónyuges deberán renegociarlo y volver a presentarlo al juez para su reevaluación.

Si se produjera un cambio sustancial en las circunstancias que dieron origen al Convenio, éste podrá ser enmendado judicialmente o por un nuevo acuerdo entre las partes.

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