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Enajenar o enajenación es el término jurídico utilizado para llamar a la acción que realizamos cuando transferimos un bien o derecho a otra persona, bien sea como título lucrativo u oneroso. Es decir, cuando vendemos, donamos o cedemos los derechos que tenemos sobre nuestros bienes o propiedades a favor de un tercero.
Esta transferencia de derechos o dominios sobre un bien o inmueble puede tener un alcance total o parcial, dependiendo de la accesibilidad de una división y que el enajenador sea el único titular.
En las normas frecuentes que pertenecen a la enajenación, encontramos la compraventa, donación y subastas cuando se trata de entidades locales.
Cuando enajamos, obtenemos el dominio y goce de todos los derechos que corresponden a un bien. Sin embargo, existen diferentes interpretaciones de esta práctica por la cual otorgamos o recibimos un dominio.
La enajenación puede clasificarse de la siguiente forma:
La prohibición de enajenar puede afectar a los bienes inmuebles y muebles:
Dentro de los bienes inmuebles, la prohibición de enajenar se expresa en el Registro de la Propiedad, según lo siguiente:
Según lo que se establece en los contratos de manera independiente, es obligatorio afectar la prohibición de enajenar cuando:
La enajenación puede ser clasificada en diversos tipos, según la duración, su forma y alcance, entre otros.
Estas son algunos tipos de prohibiciones:
La enajenación de todo bien inmueble se debe asentar en el Registro de la Propiedad. Además, es de suma importancia que exista la autorización de la Corporación local, cuando el valor llegue a superar el 25% de recursos.
Los requisitos para una enajenación gratuita, son los siguientes:
El patrimonio municipal se encuentra constituido por el dominio público y patrimonial.
Los bienes de las provincias y pueblos pueden ser divididos en bienes para el uso público y de tipo patrimonial.
Son aquellos caracterizados como de uso público y se conocen como imprescriptibles, inembargables e inalienables.
Los bienes patrimoniales pasan a ser parte del Estado Local, y no son utilizados para uso público. Por lo que, son propensos a generar ingresos a la entidad y entre sus principios se regula la enajenación.
Para lograr enajenar los bienes patrimoniales de una entidad local, se suele utilizar la subasta pública. Debido a que se emplea el uso de los principios de igualdad y eficacia.
Además, también es posible la adjudicación directa, cuando se determinan las parcelas sobrantes, pero solo se benefician los propietarios colindantes.
Posteriormente se someterá a una votación con los miembros de la corporación local cuando el valor supere los 10%.
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