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El patrimonio de una persona son los recursos con los que contamos, una vez hemos descontado los compromisos y las obligaciones financieras a las que debemos hacer frente.
Se puede decir que el patrimonio funciona como una herramienta para llevar un balance o medición de las posesiones con las que cuenta un individuo en un momento determinado.
Por razones obvias, mientras mayor es nuestro patrimonio, más fácil será hacer frente antes obligaciones y responsabilidades de tipo económico.
Sin embargo, el patrimonio de una persona cuenta con límites, ya que es necesario cubrir los requerimientos establecidos por la ley. Entre ellos, el valor del impuesto según el IRPF no puede ser exento, por lo que todo individuo deberá ser sometido a los impuestos como una obligación de carácter personal.
El límite de cuota íntegra, es uno de los eslabones a los cuales debemos enfrentarnos constantemente, este importe es calculado por la Ley de Impuestos sobre la Renta a toda persona natural y, para calcularlo es necesario que proporcionemos información referente a las ganancias netas y el importe perdido.
Del mismo modo, el estudio de nuestro patrimonio personal nos permite anticipar un futuro del mismo. Ya que, cuando presenciamos distintos entornos del enfoque económico, nuestro patrimonio puede variar. Por ello, solamente cuando conocemos el momento donde nuestro patrimonio se fortalece podemos actuar para protegerlo.
El origen del patrimonio, puede responder a compras o adquisiciones, cesiones entre particulares e incluso por medio de herencias.
Como activos podemos considerar el dinero que hemos ahorrado o invertido en depósitos, planes de pensiones, futuras remuneraciones en forma de nómina, bienes e inmuebles, acciones u otro tipo de actividades que puedan beneficiarnos a corto o largo plazo.
Por otra parte, los pasivos pueden justificar las diversas deudas que podemos tener y nos comprometen. Un ejemplo de ellos, puede ser nuestra hipoteca, crédito, préstamos solicitados, entre otros.
Por lo tanto, es importante realizar los cálculos correspondientes de los intereses que van de la mano de la obligación de saldar dicha deuda.
El patrimonio personal es por ley nuestra propiedad privada. Es decir, se trata de la titularidad que poseemos.
Sin embargo, cuando hablamos del patrimonio profesional o empresarial, este corresponde a los recursos que se encuentran destinados al desarrollo de una actividad económica.
Por lo tanto, no tienen los mismos efectos fiscales que poseamos una vivienda que un local comercial con la finalidad de obtener recursos económicos.
Otro claro ejemplo se da cuando suceden las sociedades con responsabilidad limitada.
Este tipo de sociedades cuentan con socios que no responden en casos de inconvenientes financieros, es decir con su patrimonio personal. Por lo tanto, queda perfectamente diferencia como un patrimonio profesional.
Pueden existir ocasiones donde por motivos judiciales, debamos responder con nuestro patrimonio personal ante las obligaciones que acarrean a nuestra actividad personal, especialmente cuando se trata de situaciones de embargos por el uso de activos en modo de aval.
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