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La custodia compartida en España: ¿qué debes saber?

Descubre cómo funciona la custodia compartida en España.

Clínica Martínez-Berná Actualizado: 29 de julio de 2024 Publicado: 8 de julio de 2022

La custodia compartida en España existen distingue dos modalidades de custodia. Por un lado, la custodia exclusiva y por otro, la custodia compartida. El primero lo ejerce sólo uno de los progenitores, mientras que al otro progenitor se le conceden derechos de visita. 

El objetivo es que el menor tenga contacto con ambos padres porque, en general, este contacto es beneficioso para el niño. Igualmente, las medidas adoptadas por el juez buscan la protección del niño, por tanto, en casos muy extremos, es posible que no se otorguen derechos de visita o incluso que uno de los padres pierda la patria potestad.

En la otra cara de la moneda está la custodia compartida, que en España debe aplicarse como opción preferente (salvo que no beneficie al menor). La jurisprudencia precedente establece que el contacto igualitario con ambos progenitores es, en principio, más saludable para los hijos, permitiendo a ambos progenitores cumplir su función de padres y de educadores.

A pesar de ser la tónica general, lo cierto es que en España, tradicionalmente, la patria potestad exclusiva de la madre ha sido la elección más común. Pero poco a poco la situación va cambiando, y son muchas las sentencias judiciales que reflejan este cambio de tendencia.

Sentencias de la custodia compartida

Existen diferentes formas de ejercer la custodia compartida. Lo cierto es que puede haber tantas formas como casos de separación o divorcio, porque cada caso tiene que terminar con soluciones específicas. 

Normalmente, el juez dictará una de estas sentencias:

  • Custodia compartida en la misma residencia, por lo que ambos padres se “mueven” allí y el menor permanece siempre en la residencia familiar.
  • Custodia compartida en diferentes residencias, siendo el hijo el que se desplaza de una residencia a otra en cada periodo.
  • Custodia compartida coexistente, cuando ambos padres viven bajo el mismo techo.

Además, la custodia compartida no significa que ambos padres compartan la misma cantidad de tiempo en el ejercicio de la custodia legal. En ocasiones, por determinadas circunstancias, el menor puede pasar más tiempo con uno de los padres, y seguimos hablando de custodia compartida.

Custodia compartida en España

Custodia compartida: ¿cómo se puede solicitar?

El documento que contiene todas las medidas que regulan el divorcio o la separación se denomina acuerdo transaccional, y entre su contenido mínimo se encuentra la elección de un régimen de custodia. Las partes pueden llegar a un acuerdo y presentar una propuesta de medidas al juez, quien la validará siempre que sea legalmente válida.
En caso de desacuerdo, el juez decidirá sobre esta cuestión y sobre todas las demás que regulan el divorcio o la separación. En ambos casos se requiere la asistencia de un abogado (en el primer caso, habiendo llegado a un acuerdo, la pareja puede compartir los servicios del mismo abogado).

Además, desde hace un tiempo los tribunales están exigiendo una forma más detallada de presentar cómo se ejercerá la custodia, debiendo aportar un documento en el que se especifiquen aspectos como la distribución de las vacaciones o de las fechas o hechos significativos (cumpleaños, etc.), la forma en que el niño debe pasar de un padre a otro, cómo se harán las comunicaciones, el contacto con los abuelos…
Este documento es especialmente importante en los matrimonios internacionales, sobre todo cuando uno de los contrayentes vive en otro país (quién paga los viajes, cómo funcionarán los viajes, si se pueden concentrar los días de visita en caso de custodia exclusiva o no, etc.).

Existe una gran jurisprudencia sobre estos casos, y los jueces en España tienen un amplio margen de actuación para encontrar soluciones creativas a cada situación. No obstante, siempre será preferible que las partes lleguen a un acuerdo, especialmente en estos casos. De hecho, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo establece que, cuando no se pueda llegar a un acuerdo beneficioso para el menor, para los supuestos que impliquen viajes de larga distancia habrá que sopesar las circunstancias específicas de cada caso para adoptar la mejor decisión. medidas para proteger el interés del niño.

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