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¿Cómo legalizar una instalación o dar de alta algún suministro?

Mauricio Servicios Actualizado: 22 de febrero de 2022 Publicado: 27 de marzo de 2021

Ambos casos tienen un proceso, es decir, si se requiere cambiar de instalación o quieres dar de alta un proceso, estas gestiones son diferentes pero sencillas de realizar. 

Distinciones entre ambas y pasos a seguir para lograrlo  

En el caso de que hayas comprado o alquilado una vivienda, o en su defecto un local, es lógico que quieras disfrutar del servicio de luz, o que también, debido a la modificación que ha habido de propietarios, es pertinente que realices el cambio de titular en el contrato ya existente, independientemente de que seas inquilino o propietario. 

Puede ser que, también, decidas cambiar de compañía eléctrica, lo cual puedes hacerlo en cualquiera de los dos casos. 

Es necesario que sepas cuál es el procedimiento a seguir para dar de alta el servicio eléctrico, el precio del trámite y cómo realizar un cambio de titular en el contrato de suministro eléctrico o de compañía. Estos trámites no tienen coste alguno por sí solos. 

¿De qué manera puedes dar de alta a la luz? 

Cuando decides dar de alta a la luz, significa que quieres solicitar una nueva concesión o pedir que se active el suministro en donde no la haya. 

Tal solicitud debes dirigirla a la distribuidora encargada, previa petición de la comercializadora que decide el cliente. 

Es importante que conozcas las diferencias que existen entre una distribuidora y una comercializadora. Es decir, el cambio que quieras hacer de una comercializadora eléctrica, está referido a un modelo diferente. 

Este se realiza a través de un traspaso de datos, donde haya un suministro eléctrico activo que no se interrumpe en momento alguno. Es un procedimiento similar a las que se hacen en telefonía. 

¿Cómo realizar el cambio del titular de la luz?

Para efectuar este tipo de cambio, se requiere lo siguiente: 

  • En el caso de ser cliente, puedes facilitar todos los datos del nuevo titular a tu zona de cliente y ellos se encargarán de contactarte para finalizar el trámite. 
  • Si vas a efectuar un cambio o un alta nueva, durante el proceso de alta, pasarás automáticamente a ser el nuevo titular, con el uso de los datos que has proporcionado. 

Documentación requerida para dar de alta la luz 

Entre la documentación que necesitas para dar de alta la luz están: 

  • La cédula de habitabilidad: Si la vivienda tiene construcción nueva, requiere de la licencia primera de ocupación o de primera apertura  
  •  El certificado de instalación de baja tensión: Expedido por un profesional en la materia. 
  • La fotocopia del DNI, pasaporte ENIE o certificado de autónomos: Si el punto nuevo de electricidad se necesita para una empresa, deberás presentar también una fotocopia del CIF, donde aparezca el cargo del solicitante. 
  • CUPS: Este código va a servir para identificar tu instalación eléctrica, es como un DNI. Si no lo conoces, pero en la vivienda o local alguna vez ha habido luz, puedes enviar la dirección completa, acompañada de la documentación requerida (a petición de la distribuidora), luego se procederá a ubicar el CUPS, para luego enviártelo y puedas completar el proceso de alta. Si jamás ha habido luz, debes contactar a la distribuidora eléctrica de la zona para que le remitas tu documentación. 

Según sea tu caso, es bueno que tengas presente las condiciones del contrato de la empresa en cuanto a las tarifas de luz, tales como, el servicio que presta para que puedas conocer todo lo que incluye, siempre tomando en cuenta si el precio es de energía fija o de una variable. 

Costo para dar de alta la luz  

Generalmente, la comercializadora no cobra nada por este servicio, ya que solamente se encarga de facturar los costes que acostumbra cobrar la distribuidora. Estos son: 

  • Derechos de acceso: 19,70 euros por cada solicitud de KW.
  • Derechos de extensión: 17,37 euros por cada solicitud de KW. Es un coste que solo será abonado cuando aún no este realizada la instalación eléctrica (vivienda nueva) o en el caso de que haya habido luz, pero han pasado 3 años desde que la hubo. 
  • Derechos de enganche: 9,04 euros cada actuación.
  • Depósito: El coste es igual al importe mensual, lo cual corresponde a 50 horas de uso de la potencia contratada. 
  • Si el inmueble es alquilado, puedes elegir la compañía eléctrica de tu preferencia, similar a tu contrato de internet o de tu línea telefónica

¿Cuánto tiempo se toman en dar de alta la luz? 

En la mayoría de los casos, el tiempo que tardan puede estar entre 5 y 7 días hábiles. 

Es el plazo aproximado que se toma la distribuidora en dar de alta a un nuevo punto de suministro, obviamente luego de recibir la documentación de parte de la comercializadora. Si han pasado 10 días y aun careces del servicio, debes comunicarte con ellos. 

¿Tiene la distribuidora competencia para rechazar cualquier solicitud de alta?  

Cuando se ha procedido a remitir toda la documentación solicitando el alta de una nueva conexión, la distribuidora tiene la potestad de rechazarla por algún motivo, proceder a pedir correcciones o solicitar otros documentos que ellos consideren necesarios. 

Finalmente, es importante que conozcas que, si quieres contratar un nuevo punto de suministro eléctrico que tenga una potencia contratada de 4,6 KW, bien sea una residencia nueva (o en aquella en la cual hace más de 3 años se dio la baja de luz), los costes serían los que a continuación te numeramos: 

CostesPrecio por KWTotal por 4,6KW
Para tener acceso19, 7 euros/KW solicitado90,63 euros
Para lograr extensión17,37 euros/KW solicitado79,90 euros
Para obtener enganche9,04 euros/ actuación9,04 euros
Depósito51 euros51,00 euros
Esto da un total de:230,57 euros

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