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El derecho de sucesiones, también conocido como derecho sucesorio, es una rama del derecho privado que define cómo y a quién se transmiten los bienes, derechos y obligaciones de una persona cuando fallece.
Es decir, el derecho de sucesiones comprende las normas que definen el reparto de los bienes y derechos “por causa de muerte” o mortis causa. Además, esta rama del derecho establece cómo ha de ser el testamento, qué hacer si no existiera, etc.
Además, el derecho sucesorio dice qué tipos de sucesiones existen y cómo se regula cada una. ¿Cuáles son? Si quieres descubrirlo, ¡sigue leyendo para no perdértelo! A continuación, te lo contamos.
Una sucesión es el proceso por el que se transmiten los bienes de una persona que ha fallecido a otra. Entre los tipos de sucesiones, encontramos la sucesión intestada y la sucesión testamentaria. Se diferencian, básicamente, por su regulación.
Por un lado, está la sucesión intestada, también llamada sucesión intestamentaria. En este caso, la persona que falleció no hizo un testamento, por lo que no dejó su última voluntad acerca de qué hacer con sus bienes, derechos y obligaciones.
Este caso no es el óptimo, ya que puede ser incluso negativo para el difunto. Habrá que acudir a un notario, que se encargará de llevar a cabo el procedimiento si los posibles herederos, mayores de edad, están de acuerdo. En caso de que los herederos no sean mayores de edad o bien no estén de acuerdo, el proceso se hará de la mano de un juez familiar.
Pero, cuando no hay un documento testamentario, ¿quién regula la sucesión? Así lo hace la Ley, puesto que no existe la voluntad del causante por escrito, así que la regulación de la herencia ha de hacerse de forma legal.
Concretamente, se regula según el grado de parentesco con el causante, siguiendo este orden:
Por otro lado, está la sucesión testamentaria, que reconoce la última voluntad de la persona fallecida porque así lo recoge en su testamento. En este caso, habrá que acudir ante un notario, el cual se encargará de buscar el testamento, así como de realizar todos los trámites necesarios para transmitir los bienes, derechos y obligaciones, de forma exitosa.
Cabe destacar que, la persona que tiene la capacidad para testar, es aquella mayor de catorce años que, en el momento de testar, puede expresar su voluntad. De igual manera, puede ser sucesor testamentario todo aquel que no lo tenga prohibido por Ley, hablemos de personas jurídicas o físicas.
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