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Quizás has oído hablar de los delitos contra el patrimonio, que son aquellos que atentan contra los bienes, causando en las personas un perjuicio por el cual será castigado. Los más comunes son el hurto, el robo, la estafa, las defraudaciones…
Y, además, destacamos el blanqueo de capitales. Pero, ¿en qué consiste este delito? ¿Dónde viene regulado? ¿Cómo se lleva a cabo? Si quieres descubrirlo, ¡sigue leyendo para no perdértelo! A continuación, te lo contamos.
El blanqueo de capitales también se conoce como lavado de dinero, y son procedimientos que permiten introducir dinero de origen ilícito en la actividad económica legal. La finalidad de esto es ocultar su procedimiento.
En otras palabras, podríamos decir que el blanqueo de capitales busca transformar el “dinero negro” en “dinero blanco”, es decir, legal. El dinero negro recibe muchos otros nombres, como dinero gris, dinero sucio o dinero B, y es aquel que no ha sido declarado a Hacienda.
El concepto de blanqueo de capitales surgió en 1920 en Estados Unidos, cuando se montó una red de tintorerías para convertir el dinero ilícito en dinero legal.
Cabe destacar que el delito de blanqueo de capitales viene recogido dentro de los delitos patrimoniales, como ya hemos comentado. Los delitos patrimoniales son los que, actualmente, se conocen como delitos socioeconómicos.
En España encontramos un organismo encargado de este blanqueo, que es la Comisión del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, que es el órgano responsable de impulsar y coordinar las medidas de prevención del blanqueo de capitales.
Este organismo se encuentra adscrito al Ministerio de Economía a través de la Secretaría de Estado de Economía, que además está integrada por representantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, por los servicios de inteligencia y por las principales instituciones públicas y económicas del país. También, por representantes de la Administración Central y de las autonómicas.
Pero no solo hay que tener en cuenta la comisión, sino que debemos prestar atención a lo que dice el Código Penal en los artículos que abarcan del 301 al 304. En el artículo 301, en parte de su apartado 2, dice lo siguiente:
Se sancionará, según los casos, la ocultación o encubrimiento de la verdadera naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento o derechos sobre los bienes o propiedad de los mismos, a sabiendas de que proceden de alguno de los delitos expresados en el apartado anterior o de un acto de participación en ellos.
Además, también aparece regulado el blanqueo de capitales en la Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, desarrollada mediante el Real Decreto 302/2014, por el que se aprobó su Reglamento.
Esta ley, en su primer artículo de objeto, definiciones y ámbito de aplicación, establece qué actividades se consideran blanqueo de capitales:
Pero no solo esto, sino que hay que prestar atención a la normativa comunitaria, ya que el blanqueo de capitales se regula mediante directivas, como es el caso de la Directiva UE/2015/849, relativa a la precención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, y por la que se modifica el Reglamento 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, y se derogan la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 2006/70/CE de la Comisión.
Dentro del blanqueo de capitales hay una serie de procedimientos que permiten introducir el dinero ilegal en el mercado legal, pero estos son los más comunes:
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