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Según estadísticas, la media de emancipación en España puede llegar a alcanzar los 29 años. Esto se debe al coste de los alquileres o la limitación en el trabajo. También, a la aspiración de poder alcanzar una formación a nivel educativo más completa. Son factores que inciden en el logro de esa emancipación, sobre todo, en el caso de los jóvenes españoles.
Además, estudios afirman que la tasa de paro por parte de estos ocupa el segundo lugar en toda Europa. Una situación que aminora la posibilidad de la emancipación juvenil.
Un 40,2% de las familias españolas, en el caso de los padres, sigue compartiendo sus hogares con hijos no emancipados. La edad promedio de estos hijos es de 34 años.
Sin embargo, en los casos donde estos ya sean mayores de edad o estén emancipados, los padres no están obligados a seguir manteniéndolos. Aunque existe una excepción. Esta expresa: “salvo que con sus medios económicos estos no puedan cubrir sus necesidades básicas referidas a su sustento, vestido, vivienda y atención médica”.
Quedando establecido también que la prestación de alimentos no tiene una edad determinada, ya que se encuentra contemplada en el Código Civil. Ahí se le atribuye un carácter extensible hasta los mayores de edad cuando se trata de cubrir sus necesidades elementales.
Por esta razón, algunos señalan que en España existe un modelo de sociedad familiar. Las ayudas, desde las etapas que los jóvenes deben cumplir hacia la transición de su vida adulta, son responsabilidad de los padres.
Esta responsabilidad tiene más un carácter moral que legal, ya que, de no hacerlo los padres, el Estado tampoco se ocupa de su manutención. Sencillamente porque el trabajo y los arrendamientos limitan enormemente esa emancipación.
En otros países europeos, el Estado sí se da a la tarea de participar en los procesos de emancipación de los jóvenes.
En España, un descendiente mayor de edad puede solicitar una pensión de alimentos a sus progenitores. Generalmente esa cuantía es fijada por un juez, el cual actúa de acuerdo con los recursos que posean los padres y con las necesidades que el demandante requiera cubrir.
Sin embargo, algunos consideran que este tipo de jóvenes pudieran demandar su derecho al Estado, pero esto no se ha logrado porque los principios legales sostienen lo contrario.
En cuanto a la formación educativa de los hijos, los padres están obligados hacerlo mientras estos sean menores de edad. Sin embargo, existen casos en donde se encuentran hijos mayores de edad que aún están cursando estudios y continúan siendo financiados por sus progenitores.
Hubo una época en que los padres trataban de cubrir esas necesidades de los hijos dejándoles herencias, tales como propiedades inmobiliarias o terrenos, para que ellos se encargaran de buscar su independencia. Ahora lo que se acostumbra es aportar una carrera o cursos de idiomas en el extranjero.
Es una situación muy controversial, debido a que no todos los padres cuentan con los mismos recursos. De ahí el cuestionamiento persistente en cuanto a la posición que asume el Estado, el cual no ofrece igualdad de oportunidades a los jóvenes respecto a su formación. Se desentiende de sus obligaciones, atribuyéndole esa responsabilidad a sus ascendientes.
En líneas generales, se puede afirmar que, en casi toda Europa, el Estado se encarga de sus jóvenes. Un ejemplo es Francia, que ofrece un fondo para su emancipación cuando cumplen una edad determinada, la cual le permite independizarse asumiendo sus propias responsabilidades.
La cultura española difiere en este sentido. Por ello, se sostiene que es difícil que la situación cambie, ya que casi siempre que los jóvenes se emancipan tratan de vivir cerca de sus padres, con la finalidad de seguir manteniendo esa red de ayuda.
Para que los españoles logren modificar esa norma, el Estado tendría que realizar algunos cambios en todo lo referido a emancipación y manutención en general, tomando en cuenta la edad. Y es que la sociedad española siempre es proclive a las emancipaciones en pareja, apoyadas frecuentemente en el financiamiento.
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