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La crisis ha originado debacles a todo nivel, modificando muchos aspectos de la vida cotidiana, en lo personal, social, económico y jurídico.
Uno de los aspectos que ha resultado grandemente afectado es el que está vinculado con las herencias. El covid-19 ha ocasionado gran cantidad de fallecidos y esto ha dado lugar a un gran número de sucesiones.
En algunos casos, este proceso se resuelve sin inconvenientes, pero en otros los procedimientos se dificultan. No solamente nos referimos a los casos donde pueda haber ciertas discrepancias entre los herederos, sino también en donde éstos son desconocidos.
Jurídicamente, cuando una persona muere se pueden presentar 2 situaciones. En primer término, que el fallecido haya dejado algún testamento, donde revele mediante un documento su última voluntad, o que, en su defecto, no lo haya dejado y, en este caso, se da lugar a lo que se conoce como una “sucesión intestada”.
En cualquiera de estos supuestos, la ley es muy clara, ella establece que los familiares directos serán los herederos, respetando siempre el orden de sucesión.
En principio, está establecido en la ley que, a los familiares directos, es a quienes les correspondía la herencia.
En este caso, los hijos, el cónyuge y los padres. De ser así, la herencia puede ser repartida sin ninguna dificultad, pero de ocurrir que en el orden de suceder se va haciendo lejano el contacto que hubo entre el causante y los causahabientes, puede ocurrir que, de no aparecer ninguno, la herencia pasa a ser del Estado.
En este supuesto la situación se dificulta, ya que, en muchas ocasiones, estos herederos desconocen que existe una herencia.
Esta figura recibe el nombre de “herencias perdidas”. Es una herencia que tiende a provocar algunos conflictos. Uno de ellos, el más inmediato, es saber quién costeará los gastos de entierro y todo lo relacionado con el funeral, en el caso de que el fallecido no cuente con un seguro funerario.
Otra dificultad es el pago del impuesto que ocasionan las sucesiones, es decir, si no existen herederos, si los hay, pero no aceptan la herencia o sencillamente desconocen que lo son, no hay quien pueda pagar el impuesto.
Todo esto afecta de manera directa las arcas de las comunidades autónomas. Puede ocurrir también que los bienes de la herencia queden abandonados a su libre albedrio.
Esta situación es más difícil, sobre todo, en el caso de los inmuebles, ya que por el simple hecho de que ninguna persona quiera asumir la responsabilidad o hacerse cargo de ellos, genera consecuencias, tales como el impago de impuestos (IBI), de cuotas comunitarias, de averías que se produzca en el inmueble, sin contar con las ocupaciones ilegales y los problemas que afectan a terceros.
Algunas empresas se ofrecen para buscar a los herederos de esas “herencias perdidas”, y al no encontrar a nadie, pasan la documentación al Estado para que este asuma la responsabilidad, cobrando una compensación por tal diligencia.
Por ello, es necesario que exista un testamento, un trámite sencillo, poco costoso, que facilite la sucesión y donde haya siempre profesionales que ayuden a elaborarlo.
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