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De vez en cuando, la gente pasa el rato y bebe alcohol, y surge el tema de conducir ebrio. Tales conversaciones pueden estar llenas de información errónea sobre las leyes acerca de conducir bajo la influencia del alcohol.
Uno de los debates más comunes tiene que ver con la prueba de alcoholemia: si uno puede o no negarse a hacerlas, qué sucede si se resiste… Este artículo busca aclarar algunas de estas preguntas en torno a las pruebas de alcoholemia.
Una de las preguntas que vamos a responder es la siguiente: ¿hay más de una prueba de alcoholemia? Si quieres descubrir esto y mucho más, ¡sigue leyendo para no perdértelo! A continuación, te lo contamos.
Muchas personas se sorprenden al descubrir que existen dos tipos diferentes de pruebas de alcoholemia:
Ten en cuenta que la concentración de alcohol en la sangre de una persona también se puede medir a través de un análisis de sangre, pero este artículo se centrará estrictamente en la prueba del aliento, ya que es el método más común.
Los agentes de policía utilizan una máquina portátil de alcoholímetro para hacer la prueba de alcoholemia en la carretera. Se llama “preliminar” porque no se considera lo suficientemente preciso para ser utilizado como prueba en un tribunal.
Simplemente proporciona una prueba adicional que el oficial utilizará para determinar si existe causa suficiente para arrestarlo por sospecha.
Si superas el límite legal en una prueba de carretera, es muy probable que el oficial de policía te arreste y te lleve a la estación de policía.
Un oficial de policía también puede citar sus propias observaciones como evidencia de conducir ebrio. Ejemplos de tales evidencias observacionales incluyen: conducir demasiado lento o demasiado rápido, cruzar carriles o cruzar la línea central, dificultad para hablar y un fuerte olor a alcohol. Ten en cuenta que estas observaciones pueden estar respaldadas por grabaciones de audio o vídeo de una cámara de la policía.
Una vez que te arrestan, te llevarán a una estación de policía y te pedirán que realices una prueba de aliento probatoria. Al igual que en la prueba preliminar de aliento, hay sanción por negarse a hacerla.
Si realizas la prueba y superas el límite legal, la sanción supone una multa de hasta 1000€ y la retirada de puntos del carnet.
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