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La vacunación en la Comunidad de Madrid

4U Abogados Actualizado: 3 de febrero de 2022 Publicado: 15 de septiembre de 2021

Desde el pasado mes de Agosto, la Comunidad de Madrid comunicó la posibilidad de acudir sin cita previa a recibir la primera dosis de la vacuna contra la Covid-19, sin la necesidad ni tan si quiera de presentar el padrón municipal, con la mera identificación a través de diversas vías: bien con el DNI, el carnet de conducir español, NIE, tarjeta sanitaria o tarjeta de desplazado.

Hasta aquí todo parece indicar que la Comunidad de Madrid está llevando a cabo una labor encomiable, sosteniendo la misma que, a día de hoy, en torno al 90% de la población diana de esta comunidad se encuentra vacunada.

Pero como de costumbre, vayamos más allá y llevemos estas líneas a un debate jurídico. ¿De verdad el 90% de la población residente en Madrid mayor de 12 años está vacunada? 

La respuesta querido lector, es un rotundo no. 

Es cierto que se han implantado diversos puntos de vacunación que permite que el ritmo no descienda, a contrario sensu de lo que ocurre con el número de contagios. 

Pero no es menos cierto que lo anterior que Madrid cuenta con una población de inmigrantes muy elevada. Los datos del año pasado reflejaban que en torno al 15% de la población madrileña empadronada eran extranjeros (algo más de 1.000.000 de personas de los casi 7.000.000 de madrileños provenían de muy diferenciadas partes del mundo).

Sin embargo, puede que este millón de personas sí tenga acceso a la vacuna al poder presentar la tarjeta sanitaria en caso de haber acudido a su centro de salud, pero, ¿y qué pasa con todos aquellos inmigrantes (legales o no) que no se encuentren empadronados en la Comunidad? ¿Acaso debemos mirar hacia un lado y fingir que no existen? 

En el caso de no disponer de ninguno de ellos, existe un procedimiento concreto acordado con el Ministerio de Sanidad, por el que los puntos de vacunación pueden generar un número de identificación que permite integrar a la persona en el Registro Nacional de Vacunación, y pese a ello, servidora fue testigo de cómo no le ponían la vacuna a una mujer residente en Parla que acudió al Wizink Center por no contar con la documentación más arriba referida.

Parece ser que en ese momento sólo vacunaban a quien contara con acreditación válida en territorio nacional, no sirviendo los pasaportes de otros países. 

Volvemos al eterno dilema constitucional, y por supuesto moral, sobre si el hecho de no ser nacional de un estado o no pertenecer a un estado europeo, conlleva poder ser tratado como un ciudadano de segunda. Como si el hecho de tratar a las personas como a seres humanos viniera supeditado a la concesión de un papel que acredite la “legalidad” de haber entrado en un país.

La capital española siempre ha sido un punto de encuentro de diversas culturas y puntos de vista de muy diversa índole, lo que sin duda, ha enriquecido a la ciudad y ha contribuido al desarrollo de ser la ciudad que hoy en día conocemos. Pero ahora que debemos hacernos cargo de este tipo de personas que por razones muy ajenas a ellas mismas no puedan obtener su situación legal, ni tan si quiera facilitamos la vacunación, incluso cuando se están desperdiciando y tirando miles de dosis al día.

Invito a reflexionar sobre el tema: si de verdad queremos avanzar con toda la situación actual de crisis sanitaria, ¿no sería más conveniente vacunar a todo aquel que se presentara en cualquier centro de vacunación sin importar su color de piel, edad, género, ideología, situación legal etc.? 

Madrid, si altruistamente no lo haces por ellos, por personas humanas, al menos hazlo egoístamente porque tu población real y no solo la empadronada, esté vacunada al 100% lo antes posible. Sé un ejemplo como muchas otras veces lo has sido.

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