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La gestión de los créditos insolventes resulta un aspecto fundamental para los inversores prestamistas. Pues, el éxito del negocio en “crowlending” está determinado por la devolución de las cantidades prestadas.
Debemos enfrentarnos a la idea de la posibilidad de un beneficio nulo, ya que toda inversión es un riesgo. Estas circunstancias de fallo comercial representan una de las principales preocupaciones del inversor prestamista.
Sin embargo, los proyectos de financiación participativa (PFP), sugieren la ventaja de no estar sujetos a las fluctuaciones del mercado. Además, que se estipulan de antemano las condiciones de intereses y tiempo para la devolución de la financiación. No obstante, el riesgo reside en que los terceros deberán cumplir con el préstamo que se les concedido.
En este contexto, explicamos brevemente las tres formas fundamentales para evitar o resolver el impago de un préstamo:
En el supuesto del impago por parte del promotor, la Ley de Fomento de la Financiación Empresarial protege a los inversores. Aunque, primeramente, los inversores piden de manera amistosa la devolución del importe, también pueden aplicar su derecho jurídico.
En otras palabras, exigir la liquidación de los bienes del promotor hasta cubrir el abono de la financiación recibida. Incluso, se incluyen los gatos que surjan del proceso legal. Existen dos canales para la solicitud de un crédito vencido:
El primer paso para la solicitud de un crédito vencido es la reclamación extrajudicial. Esta reclamación consiste en un documento donde se explican los acuerdos que se establecieron al aceptar la financiación. Asimismo, de la notificación del vencimiento del crédito y la petición de la cancelación del préstamo y sus intereses. Este documento debe dejar constancia de entregado y recibido.
En caso de que el deudor atienda la solicitud de pago, aquí finalizará la gestión de crédito impagado.
La segunda vía, la judicial, es prelada por la primera. El proceso judicial de gestión de crédito impago requiera pruebas de una previa reclamación del préstamo por parte del inversor. Si se confirma que el deudor no desea pagar, el monto establecido se obtiene en un título que lo obligaría a hacerlo.
Se recomienda solicitar una petición inicial de procedimiento monitorio. Ya que se trata de un procedimiento rápido y sencillo. Para solicitarlo se debe probar la existencia de la deuda y presentar el contrato de préstamo entre los inversores y el promotor de proyecto.
Posteriormente, después de aprobada la petición, el deudor tendrá 20 días para manifestar una postura. Bien sea, la de oponerse a la petición y no pagar o la de no oponerse y no pagar.
Como ya mencionamos, existen dos escenarios:
Se debe considerar que, aunque existen riesgos en la inversión prestamista, la ley protege a los inversores en la gestión de los impagados. No obstante, los inversores deberán cumplir adecuadamente con los trámites legales para el éxito del procedimiento judicial.
A pesar de toda la protección judicial hacia los inversores, existe un riesgo que hay que considerar y aceptar. Aunque, el inversor consiga un pronunciamiento judicial favorable, puede que no logre recuperar su dinero. Esto ocurre cuando el deudor queda en situación de insolvencia resultado del fracaso de su proyecto.
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