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¿Puedo declarar mi matrimonio como nulo?

Muebles de Cocina Cagigal Actualizado: 24 de marzo de 2022 Publicado: 10 de febrero de 2022

El matrimonio es la unión entre dos personas que se lleva a cabo según los requisitos que pide la ley. Este vínculo viene recogido en el Código Civil, en diversos artículos, por ejemplo, el 49. 

Una vez se ha establecido el vínculo, puede haber diversos conflictos que lleven a lo siguiente: divorcio, separación o nulidad matrimonial. 

  • Divorcio: es la disolución del matrimonio, solicitado por una de las dos partes o ambas.
  • Separación: es el acto por el que se separa la vida en común de los cónyuges, pero sin romper el vínculo matrimonial, como ocurre con el divorcio. 
  • Nulidad matrimonial: es la sentencia por la que se declara que el matrimonio nunca ha sido válido.

En este artículo, ponemos el foco en la nulidad matrimonial. Concretamente, en las razones por las que un matrimonio se puede declarar como nulo. Y es que, si en el divorcio y separación los cónyuges se separan, siguen caminos diferentes…, en la nulidad matrimonial, el divorcio es como si nunca hubiera tenido lugar. 

¿Quieres descubrir por qué declarar un matrimonio nulo? ¡Sigue leyendo para no perdértelo! A continuación, te lo contamos. 

La nulidad matrimonial

La nulidad matrimonial no consiste en anular el matrimonio, como podría parecer. Sino que hace que el matrimonio nunca haya sido válido, y desde el primer momento no ha estado vigente. Para que un matrimonio sea válido hay que cumplir una serie de requisitos legales. La nulidad matrimonial la recoge el Código Civil, desde el artículo 73

¿Cuándo declarar un matrimonio nulo?

Como hemos adelantado, es a partir del artículo 73 del Código Civil donde se rige la nulidad matrimonial. Las razones por las que un matrimonio es nulo aparecen en ese mismo artículo, y dice que se declara la nulidad matrimonial en las siguientes situaciones:

  • Si el matrimonio se ha celebrado sin el consentimiento de ambas partes
  • Cuando uno de los dos cónyuges, o los dos, es menor de edad no emancipado
  • Si ya están ligados con vínculo matrimonial
  • Cuando las partes tienen relación de consanguinidad o adopción
  • Si las partes son colaterales por consanguinidad hasta el tercer grado
  • Cuando una de las partes ha participado en la muerte del cónyuge o persona con la que tenía una relación de afectividad
  • Si el matrimonio se ha contraído sin la intervención de la autoridad necesaria (alcalde, notario, etc.) o sin los testigos
  • Cuando el matrimonio se ha celebrado por error en la identidad de una de las partes, o por error en las cualidades personales que hubieran sido determinantes en la prestación del consentimiento
  • Si el matrimonio se ha contraído por miedo o coacción

¿Quién y cómo invalida el matrimonio?

Los encargados de realizar una nulidad matrimonial son los tribunales civiles. Para ello, es imprescindible que se de alguno de los requisitos mencionados en el apartado anterior. 

La manera de proceder es parecida a los procesos de separación y de divorcio, ya que hay que seguir lo que dice la Ley de Enjuiciamiento Civil. Las figuras que intervienen, además, son un abogado de familia y un procurador, los cuales interpondrán una demanda ante el Juzgado del domicilio de uno de los dos cónyuges. 

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