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Las normas y el órgano del Derecho Registral Inmobiliario

Celma Abogados Actualizado: 3 de febrero de 2022 Publicado: 14 de diciembre de 2021

Como bien sabrás, el Derecho es el conjunto de normas que regulan el comportamiento humano y ordenan la sociedad mediante la imposición de reglas y creación de instituciones y órganos que buscan su cumplimiento y aplicación. 

Además, dentro del Derecho hay numerosas ramas. Entre todas ellas, encontramos el Derecho Registral Inmobiliario. De forma resumida, se trata del conjunto de normas que regula la publicidad acerca del estado jurídico de los inmuebles

El Derecho Registral Inmobiliario también es conocido como el Derecho Hipotecario. A mediados del siglo XX, surgió la Ley Hipotecaria (a 30 de diciembre de 1944). Posteriormente, esta ley se convirtió en la Ley de 8 de febrero de 1946, cuyo Texto Refundido fue aprobado por el Decreto de 25 de febrero de 1946.

Si te interesa conocer en qué consiste esta rama del Derecho, ¡sigue leyendo! A continuación, te contamos todo lo que necesitas saber. 

Las normas del Derecho Registral

Como ya hemos mencionado, el Derecho Registral Inmobiliario está formado por normas que regulan las formas de publicidad de los actos de constitución, transmisión, etc., de los derechos sobre fincas. También las garantías de los derechos personales o de crédito. 

Entre las normas del Derecho Registral Inmobiliario encontramos los principios y las reglas que establecen los derechos susceptibles de inscripción, así como los presupuestos necesarios y el valor del derecho. 

Además, cabe destacar que esta rama del Derecho es una especialidad del Derecho Civil, que es la rama del Derecho Privado que regula los derechos de las personas, además de su patrimonio, relaciones familiares y la sucesión del patrimonio. Esto es porque el Derecho Registral Inmobiliario tiene una legislación específica, un ámbito diferenciado y una jurisdicción propia. 

Por otro lado, los principios fundamentales que guían el sistema registral inmobiliario son los criterios básicos que recogen el sistema de publicidad jurídica inmobiliaria: la legislación hipotecaria española. Es decir, no son principios generales del derecho, no son reglas de valor universal, sino que son normas cambiantes y variables. Algunas son:

  • Principio de inscripción
  • El principio de legitimación
  • Principio de fe pública registral
  • El principio de inoponibilidad
  • Principio de prioridad
  • El principio de especialidad
  • Principio de publicidad

El órgano del Derecho Registral: el Registro de la Propiedad

El Derecho Registral Inmobiliario requiere un órgano específico para llevarse a cabo: el Registro de la Propiedad. Aquí se inscriben, por ejemplo, algunos derechos personales como el arrendamiento en algunos casos. 

Este registro tiene como finalidad la inscripción de los actos y contratos referentes al dominio y otros derechos reales sobre bienes inmuebles. 

Se trata de una institución jurídica establecida para reforzar la seguridad en el tráfico inmobiliario. Pero, ¿cómo lo hace? A través de la publicación del estado jurídico de los inmuebles. 

Como Registro de la Propiedad encontramos dos acepciones:

  • Conjunto de libros: es la recopilación ordenada de los libros oficiales, numerados y legalizados, en cada oficina del Registro, donde aparecen los asientos correspondientes a los actos registrables. 
  • Oficina: es el organismo estatal que busca la constancia y la publicidad de la propiedad inmueble. 

El origen de este órgano era reducir los fraudes y riesgos de los contratos inmobiliarios, reflejando la información en sus libros. Pero el Registro de la Propiedad ha evolucionado, estableciéndose como se encuentra en la actualidad.

Actualmente, este registro tiene como finalidad asegurar la propiedad del inmueble, proteger el tráfico jurídico inmobiliario, fomentar el crédito territorial, efectuar la publicidad informativa y ofrecer la posibilidad de conocer el contenido de sus libros (o, lo que es lo mismo, la realidad jurídica publicada de los inmuebles). 

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Majadahonda

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