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¿En qué consiste la nulidad matrimonial? y ¿cómo solicitarla?

Ayuda Legal Actualizado: 3 de febrero de 2022 Publicado: 27 de marzo de 2021

La nulidad matrimonial es una sentencia emitida por un tribunal, donde se declara que un matrimonio no tiene validez alguna, especificando claramente el estado civil de la persona. 

Es decir, esta figura no se ocupa de anular el matrimonio, ya que este matrimonio nunca existió por la sencilla razón de no haber cumplido con los requisitos legales exigidos, para darle validez a la celebración. 

Dicha nulidad matrimonial jurídicamente se encuentra establecida en el artículo 73 y siguientes del Código Civil. 

Causas de la nulidad matrimonial

Existen causas muy específicas por las cuales puede ser invalidado un matrimonio

Estas causas pueden ser de capacidad, de forma o de consentimiento, establecidas el artículo 73 del Código Civil, rezan lo siguiente: 

  • Cuando no hay consentimiento expreso por alguna de las partes en el momento de la celebración del matrimonio. 
  • Son nulos los matrimonios que se celebran entre: 
  • Menores de edad que no han sido emancipados. 
  • Personas casadas que no han disuelto su matrimonio anterior.
  • Parientes con consanguinidad o adopción en línea recta. 
  • Parientes con consanguinidad colateral hasta tercer grado. 
  • Personas condenadas por haber sido participes en la muerte de su anterior cónyuge o concubino. 
  • Si hubo algún error en cuanto a la identidad de algunos de los contrayentes en el momento de la celebración del matrimonio. 
  • Si durante la celebración no actuó ninguna autoridad competente (Juez, Alcalde o Notario) o sin que haya habido la presencia de testigos. 
  • Si el matrimonio se contrajo mediante coacción o intimidación grave. 

¿Quién está facultado para solicitar la nulidad matrimonial?    

La solicitud de la nulidad matrimonial la puede hacer cualquiera de los cónyuges, así como cualquier persona que posea un legítimo interés en ello. A petición, también lo puede hacer el Ministerio Fiscal, exceptuando los supuestos siguientes: 

  • Si la nulidad se origina porque la celebración del matrimonio se realizó bajo coacción o intimidación. En este caso, solo debe solicitarla el cónyuge agraviado.
  • En el caso de que quiera ser anulado por minoría de edad, los únicos autorizados para pedirla son los padres, tutores o el Ministerio Fiscal. 

Instituciones encargas de invalidar una nulidad matrimonial   

La competencia es clara, los autorizados para realizar este procedimiento son los tribunales civiles, cuando existe una verdadera fundamentación legal de que no se cumplieron los requisitos exigidos para tal celebración y, por ello, se declara inválido. 

El proceso para realizar tal solicitud, tiene mucha similitud a la de un divorcio o separación de cuerpos. Este procedimiento se hará a través de la actuación de un abogado y un procurador, quienes serán los encargados de interponer una demanda ante la jurisdicción correspondiente de cualquiera de los cónyuges para que se declare la nulidad. 

Distinción entre divorcio y nulidad matrimonial   

Son dos figuras muy distintas, el divorcio origina la disolución del matrimonio contando con la voluntad de ambos cónyuges. En la nulidad matrimonial, el matrimonio nunca existió. En el divorcio se producen algunos efectos jurídicos, en la nulidad matrimonial no.

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