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¿En qué consiste el derecho consuetudinario?

ABOGADOS AMOR BARRADO Actualizado: 3 de febrero de 2022 Publicado: 27 de octubre de 2021

El derecho consuetudinario se basa en costumbres y tradiciones, donde todas se aceptan como normas o preceptos obligatorios, a las cuales debe dar cumplimiento toda la comunidad involucrada.  

Es un derecho que conforman algunos sistemas de vida, sobre todo, en las áreas indígenas y regiones locales, que rigen a nivel social. 

El derecho consuetudinario se define como una costumbre o regla de comportamiento originada por su uso de manera permanente a nivel general. Es decir, son las cosas que se realizan continuamente en situaciones determinadas. 

Un ejemplo de esto es realizar filas, que es una costumbre que data de nuestros ancestros y que expresa el orden que deben seguir las personas si desean obtener un servicio o bien. Esto se hace porque no existe suficiente personal para atenderlos a todos de manera simultánea. 

Según la teoría del Derecho común, el derecho consuetudinario se apoya de manera tácita en la aprobación del pueblo. Está basado en constantes prácticas por un tiempo indeterminado, lo cual llega a convertirlo en costumbre. 

Son hechos que se transforman en reglas, que la tradición impone sin contar con la autoridad legislativa. 

Requisitos para la aceptación de una costumbre 

  • Su aprobación y utilización tiene que ser generalizada
  • Que cuente con la aceptación de la sociedad en general
  • Que sea del conocimiento de jueces de paz y funcionarios del Estado. 
  • La costumbre procede cuando su uso es conocido y prolongado
  • Existe diferencia entre uso y costumbre, ya que el uso no está considerado como un derecho consuetudinario. En cambio, la costumbre viene siendo una norma supletoria de la ley de manera natural. El uso, por su parte, está definido como un dato supletorio, de carácter objetivo del pacto o integrador del mismo. 
  • Los usos no se consideran como fuente del Derecho, porque solo alcanzan su carácter jurídico vinculante, según el ámbito de su aplicación. 

El derecho consuetudinario tiene un carácter dispositivo, lo que significa que los particulares tienen la potestad de derogar siempre la costumbre por pacto. Esto no es posible hacerlo cuando se trata de una norma legal. 

Los usos se aplican porque las personas están de acuerdo en que esto ocurra. Por ello, se dice que estos tienen una función interpretativa de la voluntad de las partes involucradas. Es decir, que su vigencia siempre va a depender de que exista una voluntad de aceptación o de la inexistencia de una expresión voluntaria que cuestione su aplicación. 

El uso siempre se va a aplicar al igual que el derecho dispositivo integrador, contando con el conocimiento y aprobación de todas las partes

Los usos y sus funciones 

Los usos actúan en la solución de problemas, cuando existe indeterminación en las interacciones conformadas por múltiples equilibrios. De manera que, formalmente, una costumbre se define como aquel equilibrio que todos ansían en interacciones, ya que posee más de una ponderación. 

Se afirma que la característica primordial de una costumbre es que logra agolpar todos los comportamientos posibles de la gente en una situación dada. 

De acuerdo a su área de aplicación, los usos tienden a cambiar las normas y pactos establecidos, al igual que lo hace el Derecho dispositivo. Es decir, cuando existe un uso con respecto a una materia, de manera particular se puede predecir cuál va a ser el comportamiento de algunos sujetos, sin necesidad de establecer acuerdos al respecto. 

Por esta razón, los beneficios que avalan la permanencia del uso existente entre los miembros de una comunidad, van a ser mayores en la medida en que mayores sean los pactos de comunicación anticipada con respecto a un determinado comportamiento. 

Además, los usos cumplen funciones en las declaratorias de voluntad y en las integraciones contractuales, por eso, se les considera parte primordial del Derecho consuetudinario. 

El derecho consuetudinario se considera como el antónimo del derecho positivo, ya que no es un código cerrado de preceptos escritos, sino que proviene de la expresión genuina de las costumbres de las personas, que conviven en un determinado lugar. 

Por esta razón, se le estima como una actuación recurrente de un grupo determinado, ya que se basa en prácticas habituales desempeñadas a nivel social, que permanecen en el tiempo, sin vencimiento. 

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