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Referente a los accidentes de tráfico, se ha producido una modificación muy relevante al entrar en vigor la nueva ley, considerada una apropiada modificación procesal, sobre todo, por la forma que tienen los abogados de tratar la gestión de dichos accidentes.
Esta modificación consiste en la despenalización de los accidentes de tráfico, lo que significa que pasan del ámbito penal, para que sean enjuiciados por la vía civil. Desde la aprobación de la ley, los juzgados no han aceptado la interposición de denuncias, basándose en esa despenalización.
Sin embargo, los profesionales del derecho consideran que esa despenalización absoluta representa una real indefensión para todos aquellos que se ven involucrados en accidentes de tráfico, donde en muchos casos las lesiones pasan de leve a graves, lo cual es competencia del derecho penal.
Esta decisión ha generado una gran incertidumbre en la población, en razón a esto, el Auto dictado por la Sección Primera de la Audiencia de Madrid del año 2017, establece las circunstancias que deben concurrir para que un accidente de tráfico deba ser enjuiciado por la vía penal.
En esta motivación determinan dos factores, uno de ellos es la conducta infractora y el otro las lesiones causadas.
El Código Penal Español, en su articulado establece que si la causa del accidente de tráfico es producido por una infracción grave, cuyo resultado lesivo se encuentre contemplado en los artículos 149 y 150 del Código Penal, esto constituiría un delito que deba ser procesado por la justicia penal.
Las circunstancias para que el accidente de tráfico sea considerado infracción grave son:
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