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La legislación de autónomos es cada vez más común en el mundo laboral actual, muchas personas deciden emprender su propio negocio o trabajar como freelance en vez de buscar empleo en una empresa.
Sin embargo, ser autónomo también implica una serie de responsabilidades legales y fiscales que hay que conocer y cumplir.
En este artículo vamos a conocer los últimos cambios en la legislación de autónomos, que incluyen medidas como la ampliación de la tarifa plana, la reducción de cotizaciones o la simplificación de trámites administrativos.
Ser autónomo implica estar al tanto de las últimas novedades legislativas que afectan a este colectivo.
En España, la última gran reforma de la legislación de autónomos se produjo en 2019 y entró en vigor en enero de 2020.
Algunos de los cambios más significativos que introdujo esta reforma son:
Desde el 1 de enero de 2023, se han establecido nuevas tarifas de cotización para los autónomos.
La base mínima de cotización se ha incrementado en un 3%, pasando de los 944,40 euros mensuales de 2022 a los 973,70 euros mensuales de 2023.
Por otro lado, la base máxima de cotización se ha fijado en 4.070 euros mensuales.
Los nuevos autónomos que se den de alta en 2023 se beneficiarán de una reducción en la cuota de autónomos durante los primeros meses.
En concreto, pagarán una cuota fija de 50 euros al mes durante los primeros 6 meses de actividad, siempre y cuando su base de cotización sea igual o inferior a la base mínima establecida.
La tarifa plana de 60 euros para nuevos autónomos, se ha aprobado una ampliación de la misma para aquellos autónomos que han disfrutado de una baja por maternidad, paternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
En este caso, la tarifa plana se ampliará hasta los 12 meses, siempre y cuando su base de cotización sea igual o inferior a la base mínima establecida.
Se ha establecido una nueva bonificación por contratación indefinida para autónomos que contraten a trabajadores por cuenta ajena.
La bonificación será del 40% durante el primer año y del 30% durante el segundo año, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos.
Se han producido cambios en el régimen de pluriactividad para aquellos autónomos que compatibilizan su trabajo por cuenta propia con un trabajo por cuenta ajena.
A partir de ahora, si la base de cotización del trabajo por cuenta ajena es igual o superior a la base mínima de cotización de autónomos, se tendrá que cotizar por el régimen general de la Seguridad Social.
Es importante que los autónomos estén al tanto de las novedades legislativas para poder adaptarse y evitar posibles sanciones o penalizaciones.
Ahora que ya conoces los últimos cambios en la legislación de autónomos solo tienes que ponerte en contacto con un profesional.
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